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Mesa Directiva del Congreso CDMX acordó falta de elementos para ejercer sanciones a personas servidoras públicas

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Mesa Directiva del Congreso CDMX acordó falta de elementos para ejercer sanciones a personas servidoras públicas
  • La Mesa Directiva determinó que el Congreso de la Ciudad de México está impedido en sancionar, al existir laguna normativa de aplicación de sanciones
  • Se acuerda no incluir en el orden del día de las sesiones de la Comisión Permanente el dictamen de la Comisión de Bienestar Animal

05.08.22. Durante su segunda sesión, la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México analizó, discutió y resolvió lo relativo al cumplimiento de las sentencias dictadas por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Los expedientes SRE-PSC-49/2022, SRE-PSC-77/2022, SRE-PSL-22/2022, SRE-PSL-24/2022, SRE-PSC-90/2022 y SRE-PSL-17/2022, ordenan dar vista a este órgano Legislativo local, para que determine lo que corresponda conforme a las leyes aplicables con motivo de las infracciones a personas servidoras públicas.

Luego de la discusión, las y los integrantes de la Mesa Directiva aprobaron por mayoría - con 5 votos a favor, 2 en contra y 0 abstenciones - la no imposición de sanciones a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, al no encontrar fundamento legal que sustente la aplicación de las mismas.

En su intervención, la diputada Marcela Fuente Castillo (MORENA) argumentó que “los actos cometidos por la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, no pueden ser sancionados por este órgano legislativo local, toda vez que en ningún ordenamiento jurídico se encuentra previsto de manera expresa que el Congreso de la Ciudad de México tenga facultades para sancionar”, y agregó que la legislación aplicable en la materia tampoco precisa el alcance de las sanciones a aplicar.

Por su parte, el diputado José Martín Padilla Sánchez (Asociación Parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad) afirmó que “la individualización de una sanción requiere forzosamente de una norma jurídica legislativa que nos indique los límites y grados aplicables a la conducta bajo escrutinio. Es asimismo, un mecanismo de seguridad jurídica que atiende a un principio de los derechos humanos: es darle una interpretación pro-persona, pues imponer sanciones sin el correlato de una ley que expresamente guíe la función de la autoridad que individualiza desembocaría no en la discrecionalidad, sino en la flagrante arbitrariedad”.

En cuanto a la sentencia SRE-PSL-17/2022, en votación independiente, la Mesa Directiva aplicó el mismo criterio, y aprobó por mayoría - con 2 votos a favor, 4 votos en contra y 0 abstenciones – la no aplicación de sanciones.

En el último punto, las y los integrantes de la Mesa Directiva analizaron el dictamen enviado por la Comisión de Bienestar Animal, mediante el cual, el Congreso de la Ciudad de México exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría del Medio Ambiente, para que remita un informe en el que exponga las razones de la muerte de dos crías de lobos mexicanos del pasado 12 de marzo; así como un informe pormenorizado de los recursos erogados y las acciones implementadas para el cuidado de la salud de los animales que radican en los zoológicos de la capital.

Sobre este asunto, la Mesa Directiva resolvió - con 6 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones - rechazar su inclusión en el orden del día de las sesiones de la Comisión Permanente, así como archivar y dar por totalmente concluido el trámite.


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