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Avanza el proceso para expedir la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas

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Avanza el proceso para expedir la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas
  • Establece la manera en la que se deben llevar a cabo los procedimientos jurisdiccionales en la materia
  • La Ley consta de 35 artículos y 5 artículos transitorios

Las comisiones unidas de Atención Especial a Víctimas y de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino aprobaron el dictamen para expedir la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas en la Ciudad de México, la cual amplía los derechos de las víctimas de la comisión de los delitos, así como los esquemas de impartición de justicia y de reparación del daño.

Con esta norma conformada por 35 artículos y 5 artículos transitorios, se establece la manera en la que se deben llevar a cabo los procedimientos jurisdiccionales en la materia, siempre garantizando la más amplia protección de los derechos humanos de la persona desaparecida y de sus familiares.

Esta Ley deriva de dos iniciativas presentadas por la diputada Jannete Guerrero Maya (PT) y el diputado Temístocles Villanueva Ramos (MORENA).

Al presentar el proyecto de dictamen, el legislador de MORENA, José Emmanuel Vargas Bernal, presidente de la Comisión de Atención Especial a Víctimas, señaló que los integrantes de las comisiones unidas consideraron que el Estado Mexicano dio grandes pasos en la transformación de su modelo de impartición de justicia y en el marco de la protección de los derechos humanos en los años 2008 y 2011.

Recordó que en la Ciudad de México, de acuerdo con datos recabados por la Fiscalía General de la República sobre desaparición forzada, en el periodo 2014-2018 se registraron 53 personas declaradas como no localizadas –en el ámbito del fuero común-, y 744 personas declaradas como no localizadas –en el ámbito del fuero federal-.

“Estas dictaminadoras determinamos aprobar el decreto por el que se expide la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas en la Ciudad de México. Una norma conformada por 35 artículos y 5 artículos transitorios que establecen la manera en la que se deben llevar a cabo los procedimientos jurisdiccionales en esta materia, garantizando la más amplia protección de los derechos humanos de la persona desaparecida y de sus familiares”, informó el legislador. 

El proyecto de Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas en la Ciudad de México establece los siguientes objetivos:

  • Establecer el procedimiento en la Ciudad de México para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia; así como señalar los efectos para la Persona Desaparecida, las y los Familiares y/o personas legitimadas por ley, una vez que ésta es emitida por la Jueza o el Juez de lo Familiar competente.
  • Reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la Persona Desaparecida;
  • Brindar certeza jurídica a la representación de los intereses y derechos de la Persona Desaparecida; y
  • Otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a las y los Familiares de la Persona Desaparecida.

El diputado Vargas Bernal aseguró que con esta Ley, el Congreso local da cumplimiento a la demanda de los familiares de las víctimas de la comisión del delito de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares.

Cabe mencionar que al inicio de la sesión de trabajo, a propuesta de la diputada Lourdes Paz Reyes (MORENA), se ofreció un minuto de aplausos al personal médico que está atendiendo a la población en esta emergencia sanitaria.


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